Si la institución acreditante fuese vencida en juicio sobre la totalidad
o sobre una parte de la cosa, podrá el usuario reclamar la rescisión
del contrato si se le priva de la totalidad o de una parte principal
de la cosa, o una disminución del precio en cualquier caso; podrá
reclamar también los daños y perjuicios que le sobrevinieren, salvo que
al otorgar el contrato, hubiese conocido por cualquier medio idóneo para ello, el peligro de evicción.