Fecha de Publicación: 01/11/1989
Página: 112-A
Carilla: 2

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Artículo 236

   (Extensión de la norma anterior). Las disposiciones del artículo
precedente se aplicarán en caso de disolución y liquidación de la 
sociedad conyugal de alguno de los socios.
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