Créase una Comisión Honoraria Asesora en materia de Zonas Francas
integrada por cinco miembros, designados de la siguiente forma:
A) Uno por el Poder Ejecutivo, que la presidira.
B) Los cuatro restantes serán elegidos por los integrantes del
Directorio de la Corporación Nacional para el Desarrollo que
representen al Estado, los cuales, a estos efectos, se constituirán
en órgano elector y su decisión deberá ser adoptada con un mínimo
de cuatro votos conformes. Conjuntamente con la designación de los
titulares, se designará por los mismos procedimientos igual número
de suplentes respectivos.