Fecha de Publicación: 26/01/1988
Página: 185-A
Carilla: 1

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Fe de erratas publicada/s: 11/03/1988.

Artículo 5

   La administración, supervisión y control de las zonas francas estará a
cargo del Ministerio de Economía y Finanzas a través de la Dirección de
Zonas Francas a la cual se podrá conceder la desconcentración adecuada
para el mejor cumplimiento de sus funciones. 


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