Fecha de Publicación: 26/01/1988
Página: 185-A
Carilla: 1

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Fe de erratas publicada/s: 11/03/1988.

Artículo 24

   Los organismos públicos que suministren insumos o servicios o 
servicios a los usuarios de las zonas francas podrán establecer para
éstos tarifas promocionales especiales.
   Los monopolios de los servicios del dominio industrial y comercial del
Estado no regirán en las zonas francas. 
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