Fecha de Publicación: 02/07/1987
Página: 7-A
Carilla: 3

MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA

Artículo 11

   Modifícanse los artículos 406 de la ley 13.032, de 7 de diciembre de
1961, y 676 de la ley 14.106, de 14 de marzo de 1973, y se fija en 
treinta días el plazo de noventa días establecido en dichas normas para 
la instrucción del asunto.
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