Fecha de Publicación: 29/01/1987
Página: 243-A
Carilla: 7

MINISTERIO DE GANADERIA, AGRICULTURA Y PESCA

Artículo 3

   Con la finalidad de identificar los inmuebles afectados por dichas
crecidas así como para determinar el monto indemnizatorio que se 
satisfará con fondos que proveerá el Estado, con cargo de Rentas 
Generales, créase una Comisión Honoraria que dependerá del Ministerio de 
Ganadería, Agricultura y Pesca el que proveerá los recursos materiales y 
humanos para el cumplimiento de sus cometidos. 
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