CONSEJO DE MINISTROS
La base del cálculo del impuesto serán los valores reales de los inmuebles, determinados por la Dirección del Catastro Nacional y Administración de Inmuebles del Estado. Estarán exonerados de su pago los inmuebles cuyos valores reales sean inferiores a N$ 300.000 (trescientos mil nuevos pesos).Ayuda