CONSEJO DE MINISTROS
Declárase aplicable para el Consejo del Niño lo dispuesto por los artículos 91, 94 y 99 del decreto-ley Nº 14.306, de 29 de noviembre de 1974, para el cobro de las multas que imponga por infracción a las disposiciones del Consejo del Niño y sus modificativas y para el cobro de los proventos y demás recursos que recaude.Ayuda