Fecha de Publicación: 21/04/1986
Página: 149-A
Carilla: 1

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 175

   Asígnase al programa 013 "Investigaciones y Estudios Meteorológicos",
unidad ejecutora 093 "Dirección Nacional de Meteorología", una partida
anual de N$ 2.904.000 (dos millones novecientos cuatro mil nuevos pesos),
para compensar a los funcionarios civiles que cumplen tareas permanentes
en días hábiles y turnos nocturnos en días hábiles, de acuerdo a las
normas reglamentarias establecidas por el Poder Ejecutivo. Dicha
compensación, sujeta a montepío, se ajustará en los mismos porcentajes de
aumento que fije el Poder Ejecutivo a las retribuciones personales de los
funcionarios de la Administración Central.
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