La Asamblea General de Accionistas sesionará por lo menos una vez al
año.
Integrada por todos los accionistas de la Corporación, considerará el
balance y demás estados contables que le presente el Directorio, pudiendo
aprobarlos y observarlos, en cuyo caso dará cuenta al Poder Ejecutivo a
los efectos legales correspondientes. Asimismo, fijará la remuneración
de los integrantes del Directorio.
Integrada únicamente por los accionistas privados, nombrará a los
Directores que los representen y aprobará o desaprobará su gestión,
pudiendo removerlos y designará sus sustitutos, todo de acuerdo a lo
establecido en el inciso segundo del artículo 3 de esta ley y a la
reglamentación que dicte el Poder Ejecutivo.
CAPITULO II
De la Competencia