Fecha de Publicación: 02/12/1985
Página: 291-A
Carilla: 3

MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

Fe de erratas publicada/s: 03/01/1986.

Artículo 37

   Las personas comprendidas en el artículo 35 deberán formular sus
solicitudes ante la Comisión Especial dentro de los plazos y en las
condiciones previstos por los artículos 2, 4 y 5.
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