CREACION DE UNA COMISION COORDINADORA DE LA ENSEÑANZA. UNIVERSIDAD
DE LA REPUBLICA, ENSEÑANZA PRIMARIA Y NORMAL, ENSEÑANZA SECUNDARIA Y
UNIVERSIDAD DEL TRABAJO
Los miembros de la Comisión designados por los Consejos Directivos de
los Entes durarán dos años, en sus cargos, y podrán ser reelectos.
Cesarán en sus funciones cuando pierdan las calidades requeridas para
integrar la Comisión.
Cuando la Comisión no haya podido constituirse en la fecha
correspondiente, continuará desempeñando sus funciones hasta que se
realice la constitución del órgano sustituto.