Fecha de Publicación: 20/10/1970
Página: 149-A
Carilla: 1

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Artículo 185

   A los efectos previstos por el artículo 205 de la Ley Nº 13.835, de 7 
de enero de 1970, autorízase al Ministerio de Salud Pública a enajenar total o parcialmente, en subasta pública, aquellos bienes inmuebles privados de dicho Ministerio, que a la fecha de sanción de la presente 
ley estuvieran destinados a renta u ocupados con carácter precario.
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