Fecha de Publicación: 27/12/1968
Página: 893-A
Carilla: 1

MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

Fe de erratas publicada/s: 05/02/1969.

Artículo 76

   Créase la Comisión Asesora de la Dirección Nacional de Vivienda que se
integrará con 14 miembros y el Director Nacional que la presidirá sin derecho a voto. Los integrantes serán:

   Un delegado del Banco Hipotecario del Uruguay; uno del Instituto Nacional de Viviendas Económicas; uno de los Municipios del Interior; uno
del Municipio de Montevideo; uno del Ministerio de Trabajo y Seguridad
Social; uno de los organismos públicos que operen en vivienda rural; uno
de la Universidad; uno de la Universidad del Trabajo del Uruguay; uno de
la Sociedad de Arquitectos; uno de la Sociedad de Ingenieros; uno del Programa de Seguridad Social del Ministerio de Defensa Nacional; uno de 
la Comisión Honoraria pro Erradicación de la Vivienda Rural Insalubre; 
uno de las gremiales de empresarios y uno de los Sindicatos Obreros de la
construcción. La reglamentación establecerá el procedimiento de elección
de los representantes profesionales y del representante de los Municipios
del Interior.
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