Fecha de Publicación: 27/12/1968
Página: 893-A
Carilla: 1

MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

Fe de erratas publicada/s: 05/02/1969.

Artículo 59

   Las cooperativas de usuarios para adquirir un inmueble o conjunto 
habitacional de acuerdo al inciso B) del artículo 146, podrán recibir 
préstamos en condiciones similares a las del artículo anterior.
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