MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
Fe de erratas publicada/s: 05/02/1969.
Autorízase al Banco Hipotecario del Uruguay para emitir en las condiciones que indica esta ley, hasta la cantidad de $ 3.000.000.000.00 (tres mil millones de pesos) en Obligaciones Hipotecarias Reajustables.Ayuda