El Banco Hipotecario del Uruguay fijará las fechas, plazos, requisitos
y procedimiento para la conversión.
La conversión de los títulos emitidos y a emitir se hará estampando
sobre la lámina representativa de los mismos, un sello que indique las
características del nuevo valor. Una vez estampado el sello de
referencia, el título quedará automáticamente convertido en Obligación
Hipotecaria Reajustable, a todos los efectos legales.