CONSEJO DE MINISTROS
Fe de erratas publicada/s: 02/02/1968, 05/02/1968.
El Escalafón Policial a que se refiere el anterior, se dividirá en la siguiente forma: a) Personal de policía activa. b) Personal policial con funciones administrativas. c) Personal policial con funciones técnicas. d) Personal policial con funciones especializadas. e) Personal policial de servicios generales.Ayuda