Fecha de Publicación: 30/01/1968
Página: 517-A
Carilla: 1

CONSEJO DE MINISTROS

Fe de erratas publicada/s: 02/02/1968, 05/02/1968.

Artículo 500

Los cargos presupuestados vigentes en los Incisos 2 al 13 del Presupuesto 
Nacional de Sueldos, Gastos e Inversiones, que por disposición de la 
presente ley deban suprimirse al vacar, si dieran lugar a ascenso, serán 
mantenidos en las planillas respectivas.

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