Fecha de Publicación: 30/01/1968
Página: 517-A
Carilla: 1

CONSEJO DE MINISTROS

Fe de erratas publicada/s: 02/02/1968, 05/02/1968.

Artículo 492

Derógase el artículo 5.o del decreto-ley N.o 1.430, de 11 de febrero de 
1879, en el que se establece la obligación de las Oficinas de Estado Civil de remitir mensualmente una copia textual del registro a su cargo. El Poder Ejecutivo reglamentará la forma de remisión de dichas copias.

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