Fecha de Publicación: 30/01/1968
Página: 517-A
Carilla: 1

CONSEJO DE MINISTROS

Fe de erratas publicada/s: 02/02/1968, 05/02/1968.

Artículo 423

De acuerdo con los Programas incluídos en el Presupuesto, el Poder
Ejecutivo establecerá, en los casos en que proceda, los Sub-Programas
correspondientes.
Dichos Sub-Programas se establecerán en base a los antecedentes que se
tomaron en cuenta para formular los Programas aprobados.
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