Fecha de Publicación: 30/01/1968
Página: 517-A
Carilla: 1

CONSEJO DE MINISTROS

Fe de erratas publicada/s: 02/02/1968, 05/02/1968.

Artículo 398

Incorpórase, como inciso D) del artículo 27 de la Ley N.o 12.950 de 23 de 
noviembre de 1961, el siguiente:

"D) Obras de la red vial nacional incluidas en Planes de Obras Públicas,
    cuando su costo, en la parte destinada a cada departamento no exceda
    de cuatro veces la afectación correspondiente a cada Gobierno
    Departamental, de acuerdo con lo establecido en el artículo 30.
    Para estos casos no rigen las normas estatuidas en el artículo 29".
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