CONSEJO DE MINISTROS
Fe de erratas publicada/s: 02/02/1968, 05/02/1968.
Los aumentos referidos en el artículo anterior no podrán ser autorizados en el caso de que generen o aumenten el déficit económico del Organismo o provoquen un gravamen para Rentas Generales. INSTITUTO NACIONAL DE VIVIENDAS ECONOMICAS (INVE)Ayuda