CONSEJO DE MINISTROS
Fe de erratas publicada/s: 02/02/1968, 05/02/1968.
El Ministerio de Trabajo y Seguridad Social realizará dentro de los 30 días de vigencia de la presente ley, las promociones e incorporaciones al Inciso 13 de los ex-Item 5.01, 5.05, 5.08, 6.01 y 6.20.Ayuda