CONSEJO DE MINISTROS
Fe de erratas publicada/s: 02/02/1968, 05/02/1968.
Derógase el artículo 115 de la ley N.o 11.923, de 27 de marzo de 1953, que declara que la denominación de "Farmacéutico Jefe de Farmacia" es equivalente a la de "Director de Farmacia", a los efectos de la incompatibilidad establecida en el artículo 1.o de la ley N.o 8.609, de 25 de abril de 1910.Ayuda