CONSEJO DE MINISTROS
Fe de erratas publicada/s: 02/02/1968, 05/02/1968.
Elimínanse los topes fijados a las partidas para reintegro de gastos de locomoción de los funcionarios del Ministerio de Salud Pública, establecidos en los artículos 116, de la ley N.o 11.923, de 27 de marzo de 1953 y 116 de la ley N.o 12.376, de 31 de enero de 1957.Ayuda