Créase el Registro Unico Personal de Actos Relativos a Capacidades, a
Universalidades Patrimoniales y a la Modificación o Extinción de los
Mandatos, que se denominará Registro Unico Personal, sobre la base de las
Secciones correspondientes del Registro General de Inhibiciones, del
Registro de Poderes y de los Registros especiales que actualmente los
inscriben. Suprímese la inscripción del mandato.