CONSEJO DE MINISTROS
Fe de erratas publicada/s: 02/02/1968, 05/02/1968.
El Poder Ejecutivo, previo informe de la Dirección General de Registros, fijará la suma que se abonará por cada formulario que los Registros proporcionen a los fines de la registración o información la cual no podrá ser superior al costo.Ayuda