Fecha de Publicación: 30/01/1968
Página: 517-A
Carilla: 1

CONSEJO DE MINISTROS

Fe de erratas publicada/s: 02/02/1968, 05/02/1968.

Artículo 238

Fíjase en un 1% (uno por ciento) del precio de cada entrada la afectación
establecida por el artículo 56 de la ley N.o 12.802, de 30 de noviembre de
1960.

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