Fecha de Publicación: 30/01/1968
Página: 517-A
Carilla: 1

CONSEJO DE MINISTROS

Fe de erratas publicada/s: 02/02/1968, 05/02/1968.

Artículo 219

Deróganse los artículos 17 de la ley N.o 10.107, de 26 de diciembre de 1941 y 148 de la ley N.o 11.923, de 27 de marzo de 1953. Esta derogación no afectará la situación de los estudiantes del Instituto Superior de Educación Física que al 30 de setiembre de 1967, se hallaren matriculados en el mismo, los cuales podrán beneficiarse a su egreso con el régimen impuesto por los artículos antes derogados.
Las vacantes que se produzcan en el Escalafón Docente de la Comisión
Nacional de Educación Física, y que no den lugar a ascenso, deberán ser
provistas con los egresados del Instituto Superior de Educación Física.
El Poder Ejecutivo, previo informe de la Comisión Nacional de Educación
Física, reglamentará el presente artículo.
Ayuda