Las sumas que la Dirección Nacional de Correos recaude por concepto de
venta de fórmulas a los usuarios del servicio y por la venta de efectos
postales caídos en rezago, podrán ser aplicadas directamente por dicho
Organismo a la adquisición de papel y demás implementos a utilizarse por
la imprenta de dicho Organismo para la confección de fórmulas, guías y
otras necesidades del servicio.