Fecha de Publicación: 30/01/1968
Página: 517-A
Carilla: 1

CONSEJO DE MINISTROS

Fe de erratas publicada/s: 02/02/1968, 05/02/1968.

Artículo 195

Los fondos provenientes de la prescripción de giros postales, beneficios
de cambio e intereses de las colocaciones de la División Giros, de la
Dirección Nacional de Correos, pasarán a acrecer el capital de dicha
División hasta la suma de pesos 50:000.000 (cincuenta millones de pesos).

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