Fecha de Publicación: 30/01/1968
Página: 517-A
Carilla: 1

CONSEJO DE MINISTROS

Fe de erratas publicada/s: 02/02/1968, 05/02/1968.

Artículo 192

La compensación por cada telegrama entregado por los Mensajeros del
Programa 07 "Servicio de Telecomunicaciones" del Inciso 9, Ministerio de
Transporte, Comunicaciones y Turismo, será $ 1,50 (un peso con cincuenta
centésimos).
La Contaduría General de la Nación completará el crédito del Renglón 089,
(Otros Complementos) de dicho Programa en la cantidad necesaria.
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