Facúltase al Consejo Nacional de Subsistencias y Contralor de Precios
para encomendar en los Departamentos del Interior, en los cuales no tenga
profesionales, la representación y dirección de los juicios, a los
Fiscales Letrados o al Abogado o Procurador que considere conveniente,
atendiendo a la naturaleza de la acción y a la especialización del
profesional.