Los recursos previstos en el Programa de Transferencias del Ministerio de
Relaciones Exteriores, destinados a los gastos ocasionados por el
funcionamiento de Representaciones y Comisiones Nacionales y Comisiones
Mixtas Internacionales, deberán adjudicarse según los presupuestos que en
cada caso fije dicha Secretaría de Estado ante quien deberán rendir cuenta
documentada de la inversión de los mismos.