El cargo de Contador Auditor, AaA Categoría E, que por esta ley se
incorpora al Programa 5.02 del Ministerio de Hacienda, será provisto por
una única vez, por concurso de mérito, o de mérito y oposición.
Podrán concursar todos los contadores públicos que revistan en el grado 8
del respectivo escalafón y que presten efectivos servicios en la
Contaduría General de la Nación.
El concurso será reglamentado por el Poder Ejecutivo y juzgado por un
Tribunal integrado por un delegado del Ministerio de Hacienda, uno de la
Facultad de Ciencias Económicas y de Administración y otro de la
Contaduría General de la Nación.