Fecha de Publicación: 30/01/1968
Página: 517-A
Carilla: 1

CONSEJO DE MINISTROS

Fe de erratas publicada/s: 02/02/1968, 05/02/1968.

Artículo 106

El cargo de Contador Auditor, AaA Categoría E, que por esta ley se
incorpora al Programa 5.02 del Ministerio de Hacienda, será provisto por
una única vez, por concurso de mérito, o de mérito y oposición.
Podrán concursar todos los contadores públicos que revistan en el grado 8
del respectivo escalafón y que presten efectivos servicios en la
Contaduría General de la Nación.
El concurso será reglamentado por el Poder Ejecutivo y juzgado por un
Tribunal integrado por un delegado del Ministerio de Hacienda, uno de la
Facultad de Ciencias Económicas y de Administración y otro de la
Contaduría General de la Nación.
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