LEY DE PRESUPUESTO NACIONAL DE RECURSOS




Fecha de Publicación: 05/01/1968
Página: 41-A
Carilla: 1

CONSEJO DE MINISTROS

Fe de erratas publicada/s: 01/04/1968, 16/04/1968, 23/04/1968, 25/04/1968.

Artículo 167

Sustitúyese el artículo 85 de la ley número+ 13.420, de 2 de diciembre de 1965, por el siguiente:

      "ARTICULO 85. (Movilización de Bultos). - Elévase a $ 30.00 (treinta
      pesos) la tarifa "Movilización de bultos para despachos" establecida 
      por el inciso E) del artículo 78 de la ley N.o 7.819, de 7 de
      febrero de 1925, modificado por el artículo 7.o de la ley N.o 9.291,
      de 2 de marzo de 1934 y artículo 81 de la ley N.o 11.490, de 18 de
      setiembre de 1950.
      El importe de esta tasa no podrá ser superior al 6% (seis por 
      ciento) del valor CIF".
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