En el "Diario Oficial" de fecha 5 de enero de 1968, se publicó la ley N.o 13.637 (Presupuesto Nacional de Recursos) y en cuya publicación se padecieron los siguientes errores:
En la página 49-A, artículo 45, inciso a) donde dice: "0.05" debe decir: "0.50".
En la página 51-A, artículo 76, donde dice: "se incluirá en efectivo..." debe decir: "se incluirá en el activo...".
En la página 52-A, artículo 81, donde dice: "El valor imponible de los inmuebles vencidos...", debe decir: "El valor imponible de los inmuebles vendidos...".
En la página 56-A, artículo 89, donde dice: "los deudores o cuando aquéllos..." debe decir: "los deudores o cuando aquéllas...". En el mismo
artículo, página 57-A, segunda columna, inciso 1.o), donde dice: "por retiro de dinero o plazo fijo..." debe decir: "por retiro de dinero a plazo fijo...". Y en la misma columna, inciso 5.o) donde dice: "sobre estas mismas designaciones..." debe decir: "sobre estas mismas asignaciones...". En el mismo artículo, página 58-A, segunda columna, en una línea ilegible, debe leerse: "anteriores, la Administración podrá perseguir...".
Quedan hechas las salvedades.