Fecha de Publicación: 24/02/1967
Página: 407-A
Carilla: 1

MINISTERIO DE HACIENDA

Fe de erratas publicada/s: 15/10/1980.

Artículo 54

Derógase el artículo 6.o de la ley número 13.350, de 4 de agosto de 1965,
en lo referente al Poder Judicial.

Los cargos suprimidos por la Contaduría General de la Nación, en los
Incisos 12, 13 y 14 por aplicación de la ley mencionada, serán
rehabilitados a partir del 1.o de febrero de 1967.

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