Ley 13.459
Se declara plaga nacional la hidatidosis humana y animal y se crea una Comisión Honoraria de Lucha, determinándose su integración y cometidos.
Poder Legislativo.
El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del
Uruguay, reunidos en Asamblea General,
DECRETAN:
I - De la obligatoriedad de la lucha antihidática
Artículo 1
Declárase plaga nacional la hidatidosis humana y animal y obligatoria
la lucha para erradicarla en todo el territorio de la República.
II - Organismo que dirigirá la lucha y funciones del mismo
Por el Consejo: BELTRAN. - A. FRANCISCO RODRIGUEZ CAMUSSO. - WILSON
FERREIRA ALDUNATE. - ADOLFO TEJERA. - JUAN E. PIVEL DEVOTO. - Modesto
Burgos Morales, Secretario.