Fecha de Publicación: 05/08/1965
Página: 237-A
Carilla: 1

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 6

   Declárase que la opción a incorporarse a las planillas de la Dirección
General de Estadística y Censos, por prestar servicios "en comisión", de
acuerdo con lo establecido en el artículo 251 de la ley Presupuestal, número 13.320, de 28 de diciembre de 1964, deberá hacerse entre funcionarios pertenecientes al mismo Ministerio y sin que ello lesione
los derechos al ascenso de aquellos que tienen mayor antigüedad en la
Oficina por haber sido designados para la misma desde su ingreso a la Administración Pública.
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