Fecha de Publicación: 05/08/1965
Página: 237-A
Carilla: 1

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 26

   Autorízase al Poder Ejecutivo a efectuar una contribución en moneda
nacional por una suma equivalente a U$S 3:582.000.00 (tres millones quinientos ochenta y dos mil dólares), como aumento de la cuota del Uruguay en el Fondo para Operaciones Especiales del Banco Interamericano
de Desarrollo.
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