Fecha de Publicación: 22/01/1965
Página: 343-A
Carilla: 1

MINISTERIO DE HACIENDA

Fe de erratas publicada/s: 27/01/1965.

Artículo 249

   Los cargos que se suprimen por esta ley, si se encontraran ocupados,
sólo serán eliminados una vez realizadas las promociones que
correspondan.
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