MINISTERIO DE HACIENDA
El personal del SODRE que no tenga dedicación total y que desempeñe funciones que no puedan ser cumplidas en horario continuo y uniforme, tendrá derecho a una compensación mensual del 20 % (veinte por ciento) del sueldo básico, la que será liquidada con cargo al Rubro 1.07 del Organismo.Ayuda