Fecha de Publicación: 20/01/1965
Página: 217-A
Carilla: 1

MINISTERIO DE HACIENDA

Artículo 68

   El Poder Ejecutivo por intermedio del Ministerio de Instrucción
Pública y Previsión Social, resolverá las habilitaciones y supresiones de
cargos a que den lugar las normas precedentes.
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