Fecha de Publicación: 13/01/1965
Página: 97-A
Carilla: 1

MINISTERIO DE HACIENDA

Fe de erratas publicada/s: 22/01/1965.

Artículo 48

   Derógase la ley N.o 11.032, de 12 de enero de 1948.
   Las funciones que estaban atribuídas al Instituto Nacional de 
Investigaciones y Archivos Literarios serán en lo sucesivo cumplidas por
el Departamento de Investigaciones de la Biblioteca Nacional, a cuyo efecto se hará entrega a este organismo de la totalidad del material bibliográfico, manuscritos, documentos, copias mecanográficas,
microfilmadas, fichas, ejemplares de ediciones que hubiere efectuado, mobiliario, enseres de trabajo y piezas de museo, así como todos los 
otros bienes y útiles de cualquier naturaleza que posea.
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