Fecha de Publicación: 13/01/1965
Página: 97-A
Carilla: 1

MINISTERIO DE HACIENDA

Fe de erratas publicada/s: 22/01/1965.

Artículo 235

   En el acto de la presentación de las declaraciones juradas éstas serán
fechadas, selladas con el sello de la respectiva Oficina de Catastro y
firmadas por el funcionario interviniente, devolviéndose un ejemplar al declarante.
Ayuda