Fecha de Publicación: 13/01/1965
Página: 97-A
Carilla: 1

MINISTERIO DE HACIENDA

Fe de erratas publicada/s: 22/01/1965.

Artículo 185

   La Dirección del Centro presentará al Ministerio de Ganadería y
Agricultura durante el mes de enero de cada año, un informe completo 
destacando las actividades realizadas por la Institución en el ejercicio
anterior, los progresos realizados y los fondos invertidos en cada una de
ellas, una relación del personal contratado clasificado según sus funciones y un esbozo de los planes de trabajo para el año siguiente.
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