Fecha de Publicación: 18/12/1961
Página: 1-A
Carilla: 1

MINISTERIO DE INSTRUCCION PUBLICA Y PREVISION SOCIAL

Fe de erratas publicada/s: 26/12/1961.

Artículo 92

   (De la notificación).- Las resoluciones de la Caja deberán ser
notificadas a los interesados en las oficinas de la misma o en su defecto
en el domicilio constituido en el expediente, personalmente o al apoderado, mediante telegrama colacionado, o por vía notarial o judicial.
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